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Poderes

 

Quienes se encuentren en la jurisdicción de este Consulado General - Estados Federados de la Ciudad Libre y Hanseática de Hamburgo, Baja Sajonia, la Ciudad Libre y Hanseática de Bremen, Schleswig-Holstein y Mecklemburgo-Pomerania Occidental -, como residentes o aún en calidad de turistas, y necesiten extender un Poder con validez en la Argentina, tienen dos opciones:

 

Efectuar el trámite en este Consulado General: en este caso no se requiere el apostillado para su uso en Argentina.

   

Recurrir ante un Notario Público alemán: en este caso el Poder deberá ser traducido de manera oficial al español, y tanto el poder como la traducción deben ser apostillados por autoridad alemana para su validez en Argentina.

 

Debe remitir lo siguiente por correo electrónico a consulado_chamb@mrecic.gov.ar:

 

  • Borrador del Poder realizado por escribano público o abogado argentino (en formato Word), conteniendo el detalle y alcance de todas las atribuciones que se quiere otorgar. Se deberán consignar los datos del estudio jurídico o escribano en la Argentina que haya elaborado este borrador, como así también los datos completos (nombres, apellidos, domicilio, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, DNI o Pasaporte, estado civil) de las personas mencionadas en el Poder.
  • Copia del DNI del poderdante, el cual se deberá presentar el día del turno en original. El domicilio del poderdante siempre es el real (es decir, donde efectivamente se reside), independientemente de lo que figure en el DNI. Si el domicilio en el DNI no se encuentra actualizado, se debe solicitar turno para actualización del domiclio en el DNI. Es obligatorio actualizar el domicilio en el DNI cuando se reisde en el extranjero.
  • Copia del documento de identidad del apoderado.

 

Solicitar cita personal a través del email consulado_chamb@mrecic.gov.ar:

 

  • Desde que se recibe la documentación completa, se debe aguardar un mínimo 30 días para la firma del Poder. Puede consultar con un notario alemán si desea realizar el Poder con mayor anticipación.
  • El trámite es personal y presencial. No es posible hacer la firma a distancia.
  • El día del turno, el poderdante deberá presentar su Documento de Identidad. No se acepta Pasaporte como documento identificatorio para este trámite.
  • Se deberá realizar el pago del arancel consular según el cálculo final del trámite: 40 € cada 25 renglones. Dicho concepto se abona tanto para el Poder original, como para el Testimonio. Pago con tarjeta de débito (EC-Karte). Una vez procesada la documentación se le informará el costo de total del trámite.
  • Se firmará el Poder ante el funcionario consular a cargo. El Poder original queda a resguardo en el Consulado General, y al poderdante se le entrega el Primer Testimonio en formato físico y digital. Ambos son válidos para ser utilizados en Argentina, ya que el Primer Testimonio con formato digital cuenta con la legalización del Cónsul actuante.

 

 

Fecha de actualización: 16/04/2026