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Opción por Nacionalidad

 

 

Pueden optar por la nacionalidad argentina ante este Consulado los hijos mayores o menores de un argentino nativo.

     

Si el optante es mayor de 18 años, le corresponde a él realizar la opción y si el optante es menor de 18, los titulares de la patria potestad serán los habilitados a realizar la opción en su beneficio.

     

Ciudadanía argentina para cónyuges nacidos en el extranjero:

https://www.argentina.gob.ar/obtener-la-ciudadania-argentina#2

  I M P O R T A N T E  

La opción por la nacionalidad argentina no requiere en ningún caso la renuncia a la nacionalidad extranjera de la persona. Con Alemania no existe un convenio de doble nacionalidad. Quienes posean otra nacionalidad deberán tener presente que es responsabilidad del optante y/o de sus padres interiorizarse ante las autoridades extranjeras correspondientes sobre los efectos que la opción por la nacionalidad argentina puede tener sobre otra nacionalidad que el optante tenga.

 

Adelantar la documentación por correo electrónico a consulado_chamb@mrecic.gov.ar:

 

  • Partida de nacimiento internacional ORIGINAL del hijo extranjero, con Apostilla de La Haya. La fecha de expedición de la partida no debe ser mayor a seis meses.
  • Partida de nacimiento digital del padre o madre argentino nativo. Si ambos padres son argentinos es suficiente presentar una partida. La fecha de expedición de la partida no debe ser mayor a seis meses. La partida digital la debe solicitar el interesado el Registro Civil que corresponda (Ver apartado solicitud de Partidas).
  • DNI del padre y/o madre argentinos en original y fotocopia.
  • Una (1) fotografía tomada de frente, medio busto, con la cabeza descubierta, con fondo blanco de 4cm x 4cm. (si el optante es mayor de 5 años). Solamente se necesita para el trámite de pasaporte de emergencia para menores sin otra nacionalidad (apátridas) a fin  de que no queden indocumentados.
  • Documento del padre o madre no argentino, que deberá ser idóneo para la acreditación de su identidad.

 

REQUISITOS ADICIONALES PARA MENORES DE 18 AÑOS

 

  • En caso de presencia de un solo progenitor se deberá contar con una autorización del otro progenitor, salvo que la responsabilidad parental esté asignada a uno ellos.
  • Si uno de los padres otorga autorización al otro para tramitar la opción, debe indicar expresamente la decisión de solicitar la nacionalidad y encontrarse debidamente apostillada y traducida oficialmente al español.
  • Si uno de los padres hubiere fallecido, presentar partida de defunción original con Apostilla y traducción oficial al español.
  • Si uno de los padres tiene la tenencia por sentencia judicial de divorcio, separación personal o acuerdo judicial ejerciendo en exclusividad la patria potestad, debe presentar certificado original con Apostilla y traducción oficial al español.
  • Si el menor está representado por tutor o curador, este tiene que presentar autorización judicial expresa con Apostilla y traducción oficial al español.
  • En todos los casos, hay que presentar el DNI del padre, madre o mayor que ejerce la tutela o curatela.

 

Contactar y solicitar cita personal a través del email: consulado_chamb@mrecic.gov.ar

 

  • Este trámite es estrictamente personal y sólo puede efectuarse en las oficinas de este Consulado General donde se tomarán los datos biométricos para el trámite (una foto, huellas y firmas).
  • Si el optante es menor de 18 años deberá concurrir acompañado de AMBOS PADRES.
  • Se deberá realizar el pago del arancel consular de 135 € y, en el caso dado, 40 € por el pasaporte de emergencia. Pago con tarjeta de débito (EC-Karte).
  • El funcionario consular a cargo realizará una entrevista.

 

La tramitación de la opción de nacionalidad suelde demorar 4  horas.

 

  • Con este trámite se obtiene un Documento Nacional de Identidad. Desde la fecha de toma del trámite ante esta Sede (toma de datos biométricos: fotos, huellas y firma), y la remisión del nuevo D.N.I. por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) tarda aproximadamente de 8 a 10 semanas en llegar. Una vez que el Consulado General en Hamburgo reciba su documento, se lo avisa por e-mail.
  • La partida de nacimiento argentina definitiva llegará al Consulado una vez que el interesado esté inscrito en el Registro Civil Central de Buenos Aires, Oficina Extraña Jurisdicción y puede demorarse hasta cinco años.

 

 

TRÁMITES FRECUENTES Y CONTACTO

¿QUÉ PUEDE / NO PUEDE HACER EL CONSULADO POR USTED?

 

     

     

    Fecha de actualización: 19/02/2025