Opción por nacionalidad argentina para hijos de argentinos nativos.

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Pueden optar por la nacionalidad argentina ante este Consulado los hijos mayores o menores de un argentino nativo. No pueden optar por la nacionalidad argentina en el Consulado General, aquellos hijos extranjeros de argentinos por opción. |
Si el optante es mayor de 18 años, le corresponde a él o ella realizar la opción y si el optante es menor de 18, los titulares de la patria potestad serán los habilitados a realizar la opción en su beneficio. |
Ciudadanía argentina para cónyuges nacidos en el extranjero: https://www.argentina.gob.ar/obtener-la-ciudadania-argentina#2 |
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I M P O R T A N T E |
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La opción por la nacionalidad argentina no requiere en ningún caso la renuncia a la nacionalidad extranjera de la persona. Con Alemania no existe un convenio de doble nacionalidad. Quienes posean otra nacionalidad deberán tener presente que es responsabilidad del optante y/o de sus padres interiorizarse ante las autoridades extranjeras correspondientes sobre los efectos que la opción por la nacionalidad argentina puede tener sobre otra nacionalidad que el optante tenga. |
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Adelantar la documentación original por correo electrónico a consulado_chamb@mrecic.gov.ar:
- Partida de nacimiento internacional ORIGINAL del hijo extranjero, con Apostilla de La Haya. La fecha de expedición de la partida no debe ser mayor a seis meses. En Alemania se denomina "Internationale Gerbursturkunde mit Apostille". No se admite otro tipo de partida de nacimiento que no sea la indicada.
- Partida de nacimiento digital del padre o madre argentino nativo. Si ambos padres son argentinos es suficiente presentar una partida. La fecha de expedición de la partida no debe ser mayor a seis meses. La partida digital la debe solicitar el interesado al Registro Civil que corresponda (Ver apartado solicitud de Partidas). No se aceptan certificados de nacimiento, ni partidas de nacimiento cuya expedición supere los 6 meses. No se admiten partidas de nacimiento que no contegan firma digital del Registro Civil correspondiente.
- DNI del padre y/o madre argentinos en original y fotocopia. El DNI debe estar actualizado con domicilio en jurisdicción de este Consulado General. Si ambos padres son argentinos, cada progenitor deberá presentar su DNI actualizado. No se admite documento extrnajero si el padre o la madre es argentino.
- Una (1) fotografía tomada de frente, medio busto, con la cabeza descubierta, con fondo blanco de 4cm x 4cm. (si el optante es mayor de 5 años). Solamente se necesita para el trámite de pasaporte de emergencia para menores sin otra nacionalidad (apátridas) a fin de que no queden indocumentados.
- En caso de corresponder, documento de identidad del padre o madre no argentino, que deberá ser idóneo para la acreditación de su identidad.
REQUISITOS ADICIONALES PARA MENORES DE 18 AÑOS
- El día del turno, ambos progenitores deberan estar presentes. En caso de presencia de un solo progenitor se deberá contar con una autorización del otro progenitor, salvo que la responsabilidad parental esté asignada a uno ellos. La autorización debe ser realizada ante notario y apostillada. No se admiten otro tipo de autorizaciones.
- Si uno de los padres otorga autorización al otro para tramitar la opción, debe indicar expresamente la decisión de solicitar la nacionalidad argentina y encontrarse debidamente apostillada y traducida oficialmente al español.
- Si uno de los padres hubiere fallecido, presentar partida de defunción original con Apostilla y traducción oficial al español.
- Si uno de los padres tiene la tenencia por sentencia judicial de divorcio, separación personal o acuerdo judicial ejerciendo en exclusividad la patria potestad, debe presentar certificado original con Apostilla y traducción oficial al español. El documento a presentar no puede tener más de 6 meses de expedición.
- Si el menor está representado por tutor o curador, este tiene que presentar autorización judicial expresa con Apostilla y traducción oficial al español. El documento a presentar no puede tener más de 6 meses de expedición.
- En todos los casos, hay que presentar el DNI del padre, madre o mayor que ejerce la tutela o curatela.

Para obtener un turno, se debe primero enviar la totalidad de la documentación por email, y luego de verificada la documentación, el Consulado General le ofrecerá un turno: consulado_chamb@mrecic.gov.ar
- La tramitación de la opción por la nacionalidad argentina suele demorar 4 horas y se realiza únicamente por la mañana.
- Se otorgan turnos para dentro de los siguientes 6 meses desde que se recibe la totalidad de la documentación. No se hacen excepciones ni adeltanto de turnos.
- No se confirman turnos si el Consulado General no cuenta con la totalidad de la documentación obligatoria.
- Este trámite es estrictamente personal y sólo puede efectuarse en las oficinas de este Consulado General donde se tomarán los datos biométricos para el trámite (una foto, huellas y firmas).
- Si el optante es menor de 18 años deberá concurrir acompañado de AMBOS PADRES.
- Se deberá realizar el pago del arancel consular de 135 €. Pago con tarjeta de débito (EC-Karte).
- El funcionario consular a cargo realizará una entrevista.

- Con este trámite se obtiene el primer Documento Nacional de Identidad. Desde la fecha de toma del trámite ante esta Sede (toma de datos biométricos: fotos, huellas y firma), la remisión del nuevo D.N.I. por parte del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) tarda aproximadamente de 10 a 12 semanas en llegar. Una vez que el Consulado General en Hamburgo reciba su documento, se lo notificará por e-mail.
- Una vez recibido el primer DNI, se podrá tramitar el Primer Pasaporte Ordinario. Esto aplica tanto a menores como mayores.
- La partida de nacimiento argentina definitiva llegará al Consulado General una vez que el optante esté inscrito en el Registro Civil Central de Buenos Aires, Oficina Extraña Jurisdicción y puede demorarse hasta cinco años.

I M P O R T A N T E